El pasado mes de diciembre, el consejo de ministros de Agricultura de la UE llegó a un acuerdo político que establece las nuevas directrices que han de regir el sector vitivinícola durante los próximos años. Los objetivos fundamentales de la nueva regulación serán los de mejorar la competitividad y permitir recuperar mercados perdidos, a la vez que se conquistan otros nuevos, preservando las mejores tradiciones de nuestra producción y manteniendo el entramado social de nuestras regiones productoras de vino.

 

Historia reciente y perspectivas sobre la regulación del sector

Tradicionalmente, las diferentes políticas vitivinícolas que se han venido aplicando en la Comunidad Europea han tenido por finalidad el control de la oferta, en un mercado caracterizado por el exceso de producción, como vía para alcanzar uno de los objetivos fundamentales de la PAC (Política Agrícola Común): garantizar un nivel de rentas aceptable para los productores. Por ello, la primera medida que se adoptó a principio de los años setenta fue la prohibición de nuevas plantaciones de viñedo en la UE, salvo que se hicieran con los necesarios derechos de replantación. Posteriormente y ya a finales de los ochenta, esta prohibición se reforzó con un intenso programa de arranque de viñedos que afectó cerca de 500 000 hectáreas. Estas medidas que se complementaron con destilaciones de carácter obligatorio para los productores, configuraban un sistema basado en una fuerte intervención en el mercado con el fin de conseguir el equilibrio del mismo y mantener las rentas de los viticultores.

Las actuales normas que rigen el sector vitivinícola datan del año 1999 y se adoptaron con motivo de la reforma de la PAC conocida como «Agenda 2000». Desde entonces la mayoría de los sectores agrícolas han sido reformados incorporándose paulatinamente al régimen del pago único. La actual OCM (Organización Común del Mercado) supuso, en su momento, un cambio de orientación importante en comparación con las anteriores normas, puesto que empezó a incluir medidas de carácter estructural frente a las tradicionales de regulación de mercado, basadas en las destilaciones, que habían demostrado ser poco eficaces. Precios a la baja y una oferta poco adaptada a la demanda eran síntomas claros de la necesidad perentoria de introducir cambios en la regulación. Desde el año 1999, un tercio del presupuesto comunitario empezó a destinarse a reestructuración y reconversión del viñedo, medida de la que España se ha beneficiado ampliamente, consolidándose como primer perceptor y reestructurando del orden de 178 385 hectáreas de viñedo. Todo ello supuso un primer paso hacia las nuevas directrices, acordadas en diciembre del 2007 por los ministros de Agricultura de la Unión Europea, que pasarán a regir el mercado vitivinícola a partir del próximo 1 de agosto de 2008.

Uno de los objetivos que se pretende alcanzar a corto plazo con la nueva OCM, es la adecuación del potencial productivo de la comunidad a la demanda del mercado, por lo que se pondrá en marcha un importante programa de abandono definitivo de viñedo, que se extenderá durante tres campañas consecutivas con el objetivo de arrancar 175 000 hectáreas de viñedo. Esta medida busca, además, poder dar una salida digna a todos aquellos productores que deseen abandonar por completo la actividad vitícola, priorizando a los de mayor edad. Todo viticultor podrá acogerse a este régimen, de carácter totalmente voluntario, y contar con primas que podrán alcanzar los 5520 €/ha en el primer año, para explotaciones con rendimientos medios de 45 hL/ha.

Una vez llevado a cabo el arranque del viñedo y analizado el efecto que el mismo haya tenido sobre el mercado, los Estados miembros podrían decidir, a partir de 2016, la eliminación de la prohibición de nuevas plantaciones lo que, unido a la supresión de las medidas de regulación del mercado, implicaría una mayor liberalización del sector y un mayor protagonismo de las fuerzas de mercado a partir de dicha fecha.

 

De la regulación del sector al apoyo específico

El tradicional apoyo que las diferentes OCM vitivinícolas han dado a este sector a través de las medidas de regulación de mercado, pasará a transformarse en un apoyo orientado a la mejora de las estructuras productivas, que deberá quedar recogido en un programa nacional de apoyo al sector vitícola. Estos programas de apoyo van a conceder gran subsidiariedad a los Estados miembros en cuanto a las medidas a aplicar y el esfuerzo presupuestario dedicado a cada una de ellas, lo que va a permitir buscar soluciones endógenas a los problemas con los que se encuentra la vitivinicultura de cada país. Los Estados miembros dispondrán para ello de un montante presupuestario anual, que permitirá desarrollar en su territorio dichos programas, y que en el caso español alcanzará los 353 millones de euros en el año 2015, pudiéndose destinar a alguna de las siguientes medidas principales:

  • Promoción de vinos en terceros países. Esta medida tiene por objeto mejorar el posicionamiento de nuestros vinos en los mercados internacionales mediante el apoyo a acciones de promoción en terceros países, que nos permitirán ganar cuotas de mercado (incremento de la demanda). Para ello se prevé destinar 32 millones de euros, a los que se sumará la financiación complementaria del propio sector, al tratarse de una medida cofinanciada al 50 %.
  • Reestructuración y reconversión del viñedo. Se mantiene la aplicación de esta medida que ha contribuido a alcanzar un mapa varietal más acorde con la demanda de los consumidores. Por ello, la aplicación de esta medida se realizará en las mismas condiciones que en la actualidad.
  • Medidas para el mantenimiento de las rentas: seguros de cosecha, mutualidades, destilaciones de crisis. La eliminación de las medidas de regulación del mercado hace necesario disponer de nuevos instrumentos que garanticen el mantenimiento de las rentas de los productores ante variaciones en su nivel productivo. De entre las medidas que podrán incorporarse al Programa de Apoyo con el objetivo de evitar crisis de mercado, están las destilaciones de crisis. Esta medida, junto con los seguros de cosecha que vienen aplicándose con éxito en España, constituyen un mecanismo de seguridad ante las variaciones que puedan sufrir las rentas de los viticultores causadas por crisis de mercado (exceso de oferta) o inclemencias climatológicas.
  • Inversiones destinadas a la mejora del rendimiento de la empresa. Estas ayudas podrán destinarse tanto a acciones encaminadas a la mejora de los sistemas de producción y comercialización de los productos vitivinícolas, como a las inversiones destinadas al desarrollo de nuevos productos, procedimientos y tecnologías relacionados con los productos vitivinícolas, con el objetivo de mejorar el rendimiento global de la empresa.
  • Destilación de subproductos. Se establece la posibilidad de continuar con la política de calidad evitando el sobreprensado de los subproductos de la vinificación y primando su eliminación mediante la destilación que garantice la eliminación de dichos subproductos, siempre de una forma respetuosa con el medio ambiente.
  • Destilación de alcohol para usos de boca y ayuda para el enriquecimiento con mostos. Con el fin de evitar los problemas que sobre el equilibrio del mercado acarrearía la supresión brusca de determinadas medidas de regulación, se establece la posibilidad de poder conceder determinadas ayudas durante un período transitorio y siempre sobre la base de un período histórico. La concesión de estas ayudas transitorias, en forma de ayuda por hectárea, concedidas a los viticultores que dirigieron su producción en función de las medidas de regulación de mercado, tendría por finalidad la consolidación de los destinos tradicionales de la producción necesarios para el desarrollo de otros eslabones de la cadena productiva. Estas ayudas transitorias, vinculadas inicialmente a la obligación de entrega de la producción a destinos alternativos al vino, se transformarán posteriormente en pagos por superficie al viticultor, desvinculados por completo de la obligación de entrega.

 

Por otro lado, y siguiendo la tendencia de la actual Política Agraria Común de fortalecer las actuaciones de desarrollo de las regiones, la nueva OCM, prevé una transferencia de fondos desde el primer pilar (medidas de mercado) al segundo pilar (desarrollo rural) que permitirán promover actuaciones en sus regiones vitícolas. Actuaciones que se verán reforzadas por las aportaciones adicionales que realice el propio sector y las Administraciones nacionales que podrán recoger una amplia gama de medidas. Medidas que irán desde actuaciones en la mejora de las instalaciones de transformación hasta actuaciones que potencien el desarrollo de la cadena comercial. Los fondos destinados a estas regiones alcanzarán los 46 millones de euros en 2015, a los que deben sumarse los 353 millones de euros percibidos por España para la aplicación de su Programa de Apoyo.

 

Las acciones complementarias

Todo este amplio conjunto de medidas a aplicar descritas anteriormente irán acompañadas de una simplificación normativa que afectará, sobre todo, al etiquetado, estableciéndose un único tipo de etiquetado para todos los vinos. Además, con el fin de seguir las tendencias mundiales en el consumo de vino, se permitirá incluir en la etiqueta la variedad y la añada en cualquier tipo de vino, con la única condición de poder demostrar la veracidad de lo que se indica en la etiqueta.

Continuando con la necesaria mejora de la competitividad de nuestras producciones, se flexibilizará el régimen de las prácticas enológicas autorizadas, ampliándolas a las ya recomendadas por la Organización Internacional de la Viña y el Vino (OIV) y pasando la competencia a la Comisión, en lugar del Consejo, para que la adopción de nuevas prácticas se lleve a cabo de la manera más rápida posible y sin que las propias actuaciones de las instituciones sean un lastre para su autorización. Con esta medida se situará en igualdad de condiciones a los productores comunitarios con los de terceros países, ya que ambos elaborarán los vinos con el mismo catálogo de prácticas enológicas.

Finalmente, y con la finalidad de permitir una mejor protección de nuestras indicaciones geográficas en los terceros países, se adecuará la definición de indicación geográfica a la contemplada en los Acuerdos TRIPS para, de este modo, poder hacer una defensa más férrea de aquellos vinos y términos que han logrado un elevado prestigio en los mercados internacionales e impedir que terceros hagan un uso indebido de estas menciones. Con el nuevo régimen ya no hablaremos de VCPRD (Vino de Calidad Producido en una Región Determinada) sino de vinos con indicación geográfica, entre los que se encontrarán nuestros vinos de denominación de origen y los vinos de la tierra.

Estos son los principales cambios que sufrirá el marco normativo del sector vitivinícola en los próximos años y que esperamos conduzcan a revitalizar la presencia de nuestras producciones en los mercados internacionales, situándolos en el lugar que les corresponde por su calidad y tradición.